Bogotá, 5 de junio de 2026. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 28 años y tres meses de prisión contra Santiago Uribe Vélez por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, al ratificar la decisión adoptada por el Tribunal Superior de Antioquia. Con ello, quedó en firme la conclusión judicial según la cual fue líder y dirigente del grupo paramilitar conocido como Los 12 Apóstoles.
La importancia del fallo trasciende la situación jurídica de un integrante de la familia Uribe. La decisión convierte una controversia que durante años estuvo abierta a revisión en una verdad judicial definitiva dentro de la jurisdicción ordinaria. Ese cambio modifica el terreno sobre el cual se ha desarrollado una de las discusiones más sensibles de la política colombiana, la relación entre estructuras armadas ilegales y sectores de poder regional durante los años noventa.
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La ratificación también fortalece una línea jurisprudencial que ha buscado extender la responsabilidad penal más allá de los ejecutores materiales. Durante las últimas dos décadas, la parapolítica permitió establecer vínculos entre organizaciones armadas y dirigentes públicos. Ahora, la confirmación contra Santiago Uribe refuerza la capacidad del aparato judicial para atribuir responsabilidades a figuras civiles de alto perfil cuando encuentra acreditada su participación en la creación, dirección o promoción de esas estructuras.
Para el uribismo, el impacto principal se ubica en el terreno narrativo. Durante años, buena parte de su identidad política se apoyó en una diferenciación clara entre la lucha contra las guerrillas y cualquier vínculo con organizaciones paramilitares. La decisión de la Corte introduce una presión adicional sobre ese relato porque proviene de la máxima instancia penal y utiliza una caracterización particularmente contundente sobre el papel desempeñado por el condenado. Esto no implica un traslado automático de responsabilidades hacia otros integrantes de la familia o del movimiento político, pero sí amplía el costo reputacional de mantener una defensa basada exclusivamente en la deslegitimación de los procesos judiciales.
Al mismo tiempo, es previsible que sectores afines al expresidente Álvaro Uribe profundicen la tesis de persecución institucional y cuestionen la credibilidad de las pruebas utilizadas durante el proceso. Esa reacción puede consolidar la cohesión de su núcleo más leal, aunque difícilmente alterará el peso jurídico de una determinación que agotó las instancias ordinarias. La disputa se desplazará cada vez menos hacia los estrados y cada vez más hacia la interpretación pública de lo ocurrido.

Otro efecto plausible aparece en el ámbito de las víctimas y de la reconstrucción histórica del conflicto. La decisión ofrece nuevos argumentos para impulsar investigaciones sobre otras redes de apoyo civil a organizaciones armadas ilegales y podría aumentar las exigencias de esclarecimiento respecto de actores que aún no han enfrentado consecuencias judiciales equivalentes.
Lo que queda abierto no es la condena, sino el significado político que adquirirá con el paso del tiempo. La Corte cerró una discusión penal. Ahora comienza una disputa más amplia sobre cómo será recordada una etapa de la historia colombiana y quién tendrá la capacidad de definir el relato que prevalezca sobre ella.












