Juzgado respalda las denuncias de Petro sobre posible fraude electoral y niega tutela en su contra

Bogotá, 18 de marzo de 2026 – El Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro negó una acción de tutela que buscaba obligar al presidente Gustavo Petro a rectificar o cesar sus declaraciones sobre posibles fraudes y riesgos en el proceso electoral. El despacho concluyó que sus afirmaciones tienen un sustento mínimo verificable y no vulneran derechos fundamentales.

La acción fue presentada por el ciudadano José Guillermo Castro Mora contra el mandatario y el Departamento Administrativo de la Presidencia. El demandante alegó que los pronunciamientos de Petro, incluidos mensajes en redes sociales sobre irregularidades en elecciones pasadas y futuras, afectaban su derecho a recibir información veraz y sus derechos políticos. Sin embargo, el juzgado determinó que no se acreditó una afectación concreta derivada de esas declaraciones.

En su análisis, compartido por el abogado del presidente Petro, Alejandro Carranza, el despacho sostuvo que las denuncias del presidente cuentan con un “mínimo de justificación fáctica real y de criterios de razonabilidad”. Según el fallo, existe una base que impide calificarlas como afirmaciones arbitrarias o completamente infundadas, lo que las mantiene dentro del margen protegido por la libertad de expresión en asuntos de interés público.

El juzgado examinó distintos señalamientos de Petro, incluidos los relacionados con las elecciones de 2022. Aunque reconoció que no hay una verdad judicial consolidada sobre fraude, indicó que existen elementos que dan soporte a sus advertencias, como investigaciones en curso y observaciones de la Procuraduría sobre errores en formularios electorales.

También evaluó las críticas del presidente a la empresa Thomas Greg & Sons, vinculada a la logística electoral. Concluyó que estas se basan en hechos verificables, como su participación en procesos electorales y antecedentes de cuestionamientos, por lo que constituyen una opinión política y no información falsa.

El fallo cita además una sentencia del Consejo de Estado de 2018 que documentó irregularidades en los comicios legislativos de 2014. Para el juzgado, ese antecedente aporta un sustento objetivo a las alertas sobre riesgos estructurales en el sistema electoral.

La decisión puede ser impugnada y, de no serlo, será enviada a la Corte Constitucional para eventual revisión. El abogado del presidente, afirmó que el fallo respalda el derecho del mandatario a advertir sobre posibles riesgos electorales sin que ello implique una vulneración de derechos.

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