Un trino más que Petro tuvo que rectificar

EN SÍNTESIS

El presidente Gustavo Petro se retracta públicamente, por orden judicial, de un trino en el que vinculó a la exvicepresidenta Marta Lucía Ramírez con un supuesto “socio” narcotraficante y paramilitar. El Juzgado 66 Administrativo de Bogotá, decisión confirmada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, concluye que el mensaje vulneró sus derechos a la honra y al buen nombre y ordena la rectificación en la misma red social y con alcance equivalente. Petro acata el fallo y admite la afectación. El caso fija límites al discurso político presidencial en redes oficiales.

EN PROFUNDIDAD

Bogotá, 26 de febrero de 2026 – La retractación del jefe de Estado no es solo un gesto personal, sino una señal institucional sobre hasta dónde puede llegar la confrontación política cuando se ejerce desde la máxima magistratura. La decisión judicial establece que la libertad de expresión del presidente tiene un peso reforzado en el debate democrático, pero también una responsabilidad proporcional al cargo que ocupa y al impacto de sus palabras.

El origen del litigio está en un trino publicado por Petro ya en ejercicio de la Presidencia, en el que evocó informaciones periodísticas y controversias pasadas para señalar a Ramírez como vinculada a un empresario señalado por narcotráfico y paramilitarismo, al que describió como “socio” suyo. Para la exvicepresidenta, esa afirmación no constituía una opinión política sino la atribución de un vínculo criminal sin respaldo en una sentencia judicial, lo que afectaba directamente su reputación.

Ramírez acudió a la acción de tutela con el argumento de que el presidente presentó como hecho probado una relación penalmente incriminatoria inexistente en decisiones judiciales. El Juzgado 66 Administrativo de Bogotá examinó el contenido del mensaje y concluyó que no se trataba de una crítica general a trayectorias políticas ni de un juicio de valor, sino de la imputación concreta de conductas gravísimas a una persona plenamente identificable, sin sustento probatorio suficiente. Por ello ordenó la rectificación pública en condiciones equivalentes de difusión.

La determinación fue revisada en segunda instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que la confirmó. El tribunal enfatizó que los funcionarios conservan su derecho a participar en el debate público, incluso de manera vehemente, pero no pueden atribuir delitos o vínculos con estructuras criminales sin respaldo judicial. Solo tras esa confirmación quedó en firme la obligación de rectificar, que Petro cumplió mediante un hilo en su cuenta oficial en X, en el que reconoce expresamente la vulneración de los derechos a la honra y al buen nombre de Ramírez.

El episodio reaviva una tensión de fondo en la política colombiana, marcada por una polarización persistente entre el petrismo y sectores identificados con el uribismo y otras corrientes tradicionales. Ramírez, quien fue vicepresidenta y canciller en el gobierno anterior, se ha mantenido como una crítica del actual mandatario, mientras Petro ha cuestionado de forma reiterada a figuras de ese espectro. La controversia judicial se inserta en esa disputa de largo aliento, pero introduce un límite formal que trasciende la rivalidad partidista.

Más allá del choque personal, la decisión consolida una línea según la cual las cuentas oficiales en redes sociales, cuando son utilizadas por altos funcionarios, no se equiparan a espacios privados de opinión. El carácter institucional del canal y la investidura de quien emite el mensaje amplifican su alcance y, por tanto, su potencial de daño. De ahí que el control judicial, vía tutela, se active cuando se considera que se lesionan derechos fundamentales de particulares.

Las reacciones reflejan esa doble lectura. Sectores cercanos a Ramírez presentan el fallo como una reivindicación jurídica frente a lo que califican como una acusación infundada. Voces afines al Gobierno subrayan que el presidente acató la orden y que el debate político sobre responsabilidades históricas de las élites no desaparece por esta decisión. Sin embargo, incluso dentro del oficialismo se reconoce que la sentencia marca una frontera entre la crítica estructural y la imputación directa de conductas delictivas.

La discusión que queda abierta no gira solo en torno a este caso específico, sino al estándar que deberán observar en adelante quienes ocupan cargos de alta jerarquía. La utilización de redes sociales como herramienta central de comunicación política obliga a replantear los filtros internos y la verificación previa cuando se formulan señalamientos graves. Lo que está en juego no es la intensidad del debate democrático, sino la distinción entre confrontar ideas y atribuir delitos sin respaldo judicial.

El precedente deja a la Presidencia bajo un escrutinio más riguroso sobre su comunicación digital. Cada mensaje que aluda a la integridad o a la eventual responsabilidad penal de un tercero quedará expuesto a un control similar, con la posibilidad de nuevas órdenes de rectificación si se considera que se traspasa la frontera fijada por los jueces.

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