EN SÍNTESIS
El Tribunal Supremo de Estados Unidos declaró ilegales buena parte de los aranceles globales que el presidente Donald Trump había impuesto respaldado por la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional. En una decisión 6–3, la mayoría encabezada por el presidente del tribunal, John Roberts, concluyó que esa norma no autoriza tarifas generalizadas sin aval claro del Congreso, titular constitucional de la potestad tributaria. El fallo invalida las llamadas tarifas “recíprocas” y otros gravámenes ligados al combate al fentanilo, pero deja vigentes aranceles sustentados en la Sección 232. la Casa Blanca cuestionó la decisión y evalúa alternativas legales.
EN PROFUNDIDAD
Washington DC, 20 febrero de 2026 – La sentencia redefine el alcance de los poderes presidenciales en materia comercial y envía un mensaje institucional que trasciende la coyuntura. El máximo tribunal estableció que la invocación de emergencias económicas no habilita al Ejecutivo a rediseñar de facto la política arancelaria sin una delegación legislativa explícita. Al hacerlo, fijó un límite concreto a una de las herramientas más visibles de la estrategia económica de Trump.
El eje jurídico del caso giró en torno a la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional, conocida como IEEPA por sus siglas en inglés. La norma ha sido utilizada históricamente para congelar activos, imponer sanciones financieras o restringir transacciones con actores extranjeros. La administración Trump la interpretó como base suficiente para imponer gravámenes de alcance casi global, incluidas tarifas denominadas “recíprocas” y otras justificadas como respuesta al ingreso de fentanilo. La mayoría sostuvo que esa lectura otorgaba al presidente un poder “extraordinario” sin límites claros de monto, duración o alcance, algo que no se desprende del texto legal.
El tribunal recordó que la Constitución asigna al Congreso la facultad de establecer impuestos y aranceles. Dado el impacto masivo de las medidas impugnadas sobre la economía nacional y el comercio internacional, la Corte consideró que se requería una autorización inequívoca. La decisión se apoya en la llamada doctrina de las “preguntas mayores”, criterio según el cual cuando una política tiene consecuencias económicas y políticas de gran magnitud los jueces exigen un mandato legislativo particularmente claro para validar la acción del Ejecutivo.

La controversia se inscribe en una trayectoria iniciada durante el primer mandato de Trump. En 2018 el gobierno aplicó aranceles al acero y al aluminio invocando la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962 por razones de seguridad nacional. Esos gravámenes sobrevivieron a impugnaciones judiciales y no forman parte del caso ahora resuelto. Posteriormente, la Casa Blanca amplió su estrategia con un esquema más abarcador apoyado en la IEEPA, lo que generó una ola de demandas de importadores, cámaras empresariales y asociaciones industriales que alegaban una extralimitación del poder presidencial.
Durante el proceso judicial, la administración defendió las tarifas como instrumento de presión económica y diplomática frente a socios y competidores como la Unión Europea, China, Canadá y México. También destacó que el esquema había permitido recaudar más de 100.000 millones de dólares. Los demandantes, por su parte, argumentaron que la recaudación no podía justificar una delegación implícita de potestades tributarias que el Congreso no había concedido de manera expresa.
El fallo no desmonta por completo la estrategia arancelaria construida por Trump. Permanecen vigentes, al menos por ahora, los gravámenes sustentados en otros marcos normativos, como la Sección 232. Sin embargo, deja sin base jurídica una porción significativa de las tarifas impuestas bajo la IEEPA y abre la puerta a reclamaciones millonarias por parte de empresas que pagaron derechos ahora declarados ilegales. Esos litigios, que estaban en suspenso a la espera de la decisión, podrían traducirse en solicitudes de devolución con impacto fiscal relevante.

La decisión también reconfigura el equilibrio institucional en Washington. Al acotar la interpretación expansiva de una ley de emergencia, la Corte obliga al Congreso a asumir un rol más directo si desea respaldar o rediseñar políticas arancelarias de gran escala. La señal es coherente con otras resoluciones recientes en las que el tribunal ha mostrado cautela frente a iniciativas ejecutivas de alto impacto económico adoptadas sin respaldo legislativo específico.
Trump reaccionó calificando el fallo como una “vergüenza” y anticipó que explorará alternativas legales para sostener su estrategia comercial. El margen de maniobra existe, pero es más estrecho y previsiblemente estará sometido a un escrutinio judicial más riguroso. En paralelo, socios comerciales que negociaron bajo la presión de estos gravámenes evalúan ajustes en sus acuerdos con Washington, conscientes de que el fundamento jurídico de parte de esas tarifas ya no existe. La capacidad del Ejecutivo para redefinir unilateralmente las reglas del comercio estadounidense queda ahora condicionada por un límite que el propio tribunal ha trazado con claridad.






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