Bogotá, 18 de febrero de 2026 – La Corte Suprema de Justicia cerró la investigación penal contra 26 congresistas señalados de haber intervenido en nombramientos dentro de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), al concluir que no había evidencia suficiente de tráfico de influencias. Sin embargo, decidió continuar la indagación contra el exsenador y precandidato presidencial Roy Barreras, la representante Gloria Arizabaleta y el senador Jairo Castellanos.
La decisión, adoptada por la Sala de Instrucción con ponencia de la magistrada Cristina Lombana, constituye el primer filtro judicial relevante del escándalo originado por las denuncias del exdirector de la DIAN, Luis Carlos Reyes, quien entregó a la Fiscalía y a la Corte un listado que llegó a reunir cerca de 62 nombres de figuras políticas.
Además, el alto tribunal compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para investigar a la gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, y a Gilberto Rondón, debido a que no eran congresistas al momento de los hechos y, por tanto, no están bajo su competencia.
Por qué archivaron a la mayoría
Tras practicar pruebas y revisar comunicaciones, declaraciones y documentos internos de la entidad tributaria, la Corte concluyó que en la mayoría de los casos no se configuraban los elementos del delito de tráfico de influencias.

El tribunal señaló que varios parlamentarios sí trasladaron hojas de vida o recomendaron aspirantes a cargos, pero no se acreditó que hubieran usado de forma indebida su investidura para obtener beneficios personales o imponer nombramientos. En términos jurídicos, el simple acto de recomendar funcionarios no constituye delito si no va acompañado de presión o abuso comprobado del poder.
Con esa interpretación, la Corte se inhibió de abrir investigación formal contra 26 congresistas de diferentes partidos, incluidos integrantes del Pacto Histórico, colectividades aliadas al gobierno de Gustavo Petro, así como opositores del Centro Democrático, Cambio Radical y el Partido Conservador. El caso de Mario Castaño también fue cerrado por fallecimiento.
Los tres casos que siguen abiertos
El panorama es distinto para Roy Barreras, Gloria Arizabaleta y Jairo Castellanos. En estos expedientes, la Sala de Instrucción consideró que aún existen elementos que justifican mantener la investigación preliminar.
En particular, la Corte revisa si las gestiones atribuidas a estos dirigentes superaron la recomendación de nombres y derivaron en presiones para ubicar funcionarios en dependencias de la DIAN. En el caso de Barreras, el tribunal analiza registros de comunicaciones y listados elaborados durante la administración de Reyes para determinar si hubo instrumentalización del cargo político para influir en nombramientos.

La continuidad del proceso tiene implicaciones políticas, ya que Barreras es hoy precandidato presidencial y el expediente podría impactar su proyección electoral.
Compulsas de copias a la Fiscalía
La Corte también ordenó trasladar a la Fiscalía las menciones sobre Dilian Francisca Toro y Gilberto Rondón. Al no ser congresistas al momento de los hechos, su eventual responsabilidad deberá investigarse en la justicia ordinaria.
La decisión implica que el caso no se cierra por completo, sino que cambia de escenario judicial. Mientras la Corte concentra su análisis en los aforados que aún investiga, la Fiscalía deberá establecer si actores regionales o administrativos participaron en presuntas presiones para influir en la burocracia de la DIAN.
El origen del escándalo
La investigación surgió de las denuncias formuladas por Luis Carlos Reyes cuando dirigía la DIAN en el gobierno de Gustavo Petro. El funcionario aseguró haber recibido solicitudes de congresistas y actores políticos para ubicar recomendados en cargos de la entidad tributaria, especialmente en seccionales estratégicas.
Reyes recopiló chats, hojas de vida, listados internos y registros de comunicación que posteriormente entregó a las autoridades. La divulgación de los nombres generó un choque político y jurídico. Varios señalados negaron presiones y anunciaron acciones legales contra el exdirector, alegando que se confundía la práctica política de recomendar perfiles con la comisión de un delito.

Más allá de las responsabilidades individuales, la resolución fija un criterio jurídico relevante. Recomendar hojas de vida no es delito por sí mismo; el umbral penal se configura únicamente cuando existe evidencia concreta de presión, beneficio indebido o abuso de poder.
Aunque la mayoría de congresistas quedó exonerada penalmente, la permanencia de tres dirigentes bajo investigación y la apertura de una línea en la Fiscalía mantienen vigente el componente político del escándalo, que desde su inicio puso bajo escrutinio la relación entre el sistema de nombramientos públicos y las redes de poder en el Estado colombiano.







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