Bogotá, 5 de febrero de 2026 – La aprobación del Acuerdo 340 de 2025 por el Concejo de Bogotá abrió una controversia jurídica y política sobre el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en la capital. El texto crea una “Ruta por la Vida” con acompañamiento físico, psicosocial y de salud mental para mujeres gestantes y lactantes, una figura que, según organizaciones de mujeres y constitucionalistas, podría introducir barreras incompatibles con el marco legal vigente. La decisión ahora recae en el alcalde Carlos Fernando Galán, quien debe definir si sanciona u objeta el acuerdo.
El proyecto, aprobado en segundo debate el 4 de febrero, ordena a entidades distritales implementar acciones de orientación y acompañamiento, con énfasis en “alternativas” a la interrupción del embarazo y en la protección de la “vida por nacer”. Aunque el acuerdo no prohíbe expresamente el aborto, sus críticos advierten que la ruta podría traducirse en valoraciones, orientaciones previas o derivaciones específicas para quienes consideren abortar, requisitos que no están contemplados en la normativa nacional ni en la jurisprudencia constitucional.
El debate central es si una entidad territorial puede, bajo el rótulo de acompañamiento y salud mental, condicionar de facto el acceso a un derecho fundamental. Desde la sentencia C-055 de 2022, la Corte Constitucional despenalizó el aborto hasta la semana 24 y estableció que no deben imponerse trámites adicionales que generen demoras, presiones o juicios morales. El alto tribunal ha reiterado en otros fallos que consejerías obligatorias, juntas médicas o evaluaciones no estrictamente necesarias constituyen barreras inconstitucionales.

Quienes impulsaron el acuerdo sostienen que la ruta no restringe derechos y que su finalidad es ampliar la atención integral, especialmente para mujeres en situación de vulnerabilidad. En el Concejo, el texto fue defendido como una política de prevención y apoyo en salud mental, articulada con servicios sociales y comunitarios, y no como un mecanismo para obstaculizar la IVE.
Las organizaciones de mujeres, por su parte, cuestionan el diseño de la iniciativa y señalan que prioriza la continuidad del embarazo y la protección de la vida por nacer sin reforzar de manera equivalente la garantía efectiva del aborto dentro del marco legal. Advirtieron que, si el alcalde sanciona el acuerdo, promoverán demandas de nulidad y acciones de control constitucional para evaluar su compatibilidad con los estándares fijados por la Corte.
La decisión de Galán tendrá efectos más allá de Bogotá. Una sanción podría convertir el acuerdo en referencia para iniciativas similares en otros municipios, mientras que una objeción reactivaría la confrontación con sectores conservadores que respaldaron la medida. En ambos escenarios, el caso pone a prueba los límites de la autonomía territorial frente a un estándar constitucional orientado a asegurar el acceso oportuno y sin obstáculos a la interrupción voluntaria del embarazo.






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