Bogotá, 4 de febrero de 2026 – El Consejo Nacional Electoral aprobó por 7 votos a 1 la ponencia que habilita a Daniel Quintero Calle para participar en la consulta presidencial del Frente por la Vida del próximo 8 de marzo, y ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil inscribirlo formalmente, tras revertir tres negativas previas.
La decisión fue adoptada en Sala Plena hoy 5 de febrero, con una mayoría amplia y transversal. La única votación en contra fue la de la magistrada Maritza Martínez. La ponencia fue presentada por los magistrados Alba Lucía Velásquez, Fabiola Márquez y Álvaro Echeverry, y respaldada por consejeros de distintas orillas políticas, incluidos representantes de Alianza Verde, Conservador, Centro Democrático, Liberal y Colombia Justa Libres.
El fallo ordena a la Registraduría proceder con la inscripción inmediata de Quintero y le prohíbe negar su participación con base en la consulta del Pacto Histórico del 26 de octubre de 2025. En criterio del CNE, esa referencia no puede ser utilizada para configurar una inhabilidad.
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En su argumentación, la Sala concluyó que Quintero no otorgó consentimiento válido para una inscripción interpartidista en 2025 con avales de colectividades como el Polo Democrático, la UP o el Partido Comunista, sino únicamente para el movimiento Pacto Histórico. Por esa razón, sostuvo que la postulación de octubre estuvo viciada de origen y que, aunque su nombre apareció en el tarjetón y recibió cerca de 145.000 votos, esos sufragios no produjeron efectos jurídicos plenos.

Con esta interpretación, el CNE se posicionó como garante de los derechos políticos y limitó la discrecionalidad de la Registraduría para excluir candidaturas con base en lecturas restrictivas de participaciones previas. La decisión contradice de forma directa las resoluciones con las que el organismo registral negó a Quintero su participación en la consulta del Pacto, su intento de candidatura por firmas en noviembre de 2025 y, finalmente, su inscripción en la consulta del Frente por la Vida el pasado 27 de enero.
El antecedente del caso Cepeda
El fallo sobre Quintero se produce días después de que el mismo CNE excluyera al senador Iván Cepeda de la consulta del Frente por la Vida, al considerar que sí estaba impedido por haberse medido previamente en otra consulta dentro del mismo ciclo electoral. Esa decisión, adoptada por una votación cerrada y definida por conjueces, dejó a Cepeda por fuera del tarjetón y elevó la tensión interna en el bloque progresista.

Con la habilitación de Quintero, el tarjetón del 8 de marzo incluirá ahora su nombre junto al de Roy Barreras y Camilo Romero, en una consulta que llega marcada por fracturas jurídicas y políticas. Para el entorno de Quintero, la decisión reactiva una candidatura con fuerte perfil mediático y urbano; para sus críticos, abre un precedente que flexibiliza las reglas de tránsito entre consultas y avales.
El resultado 7–1 también envía una señal política. Pese a las controversias recientes, el CNE mostró un consenso amplio al privilegiar el derecho a ser elegido sobre el criterio restrictivo que había sostenido la Registraduría. La autoridad electoral deberá ahora ajustar tarjetones y cronogramas en un calendario que corre contra el tiempo rumbo al 8 de marzo.







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