La Corte Constitucional decidió suspender de manera provisional el decreto de emergencia económica expedido por el Gobierno de Gustavo Petro, con una votación de seis magistrados a favor y dos en contra, mientras se adopta una decisión de fondo sobre su constitucionalidad.
La Sala Plena acogió la ponencia del magistrado Carlos Camargo, quien planteó que, de forma preliminar, el decreto no cumpliría con los requisitos exigidos por la Constitución para declarar un estado de excepción. La decisión implica que, por ahora, quedan congelados los efectos de la emergencia económica decretada tras el hundimiento de la reforma tributaria y el deterioro de las cuentas fiscales.
Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal y Vladimir Fernández salvaron su voto, mientras que Juan Carlos Cortés y Natalia Ángel aclararon el suyo. La votación marca un giro relevante en la jurisprudencia del alto tribunal, ya que en decisiones anteriores la Corte había sostenido que la suspensión provisional no procedía frente a decretos que declaran estados de excepción.
Para sustentar el cambio de criterio, la Corte se apoyó en desarrollos recientes de su jurisprudencia, en los que abrió la puerta a la posibilidad de suspender provisionalmente normas cuando exista una posible violación evidente de la Constitución y un riesgo de que se consoliden efectos irreversibles mientras se adopta el fallo definitivo.
En el análisis preliminar, la Sala consideró que el Gobierno no logró demostrar la existencia de una crisis sobreviniente, grave e imprevisible que no pudiera ser atendida con los mecanismos ordinarios del Estado. En particular, los magistrados cuestionaron que se utilizara la figura de la emergencia para implementar medidas similares a las que habían sido rechazadas previamente por el Congreso en el trámite de la reforma tributaria.
Además, la Corte señaló posibles vicios formales en el decreto, entre ellos la falta de firmas de algunos ministros y deficiencias en la motivación de las causales invocadas para justificar la emergencia. Según el tribunal, estas falencias refuerzan la necesidad de suspender temporalmente la norma mientras se estudia de fondo su constitucionalidad.
La decisión representa un revés político y jurídico para el Gobierno, que había defendido la emergencia como una herramienta necesaria para enfrentar el hueco fiscal. Ahora, el Ejecutivo deberá esperar el fallo definitivo de la Corte, que determinará si el decreto es declarado inexequible o si, por el contrario, puede volver a entrar en vigor.








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