Regresan las encuestas de intención de voto: estas son las nuevas reglas

A partir de este 1 de noviembre vuelve a levantarse la restricción para la publicación de encuestas relacionadas con intención de voto, luego de la entrada en vigor de la Ley 2494 de 2025, sancionada por el presidente Gustavo Petro. La normativa introduce cambios sustanciales en la forma en que se elaboran y divulgan los estudios de opinión, de cara a las elecciones presidenciales de 2026.

Según la ley, las encuestas con preguntas sobre intención de voto solo podrán realizarse a partir de los tres meses previos al inicio de inscripciones de candidatos. Una vez cerrada esa etapa, los sondeos deberán incluir obligatoriamente a todos los aspirantes inscritos en la contienda electoral.

Las firmas encuestadoras estarán obligadas a publicar información detallada sobre el método de muestreo, el margen de error por pregunta, los nombres de los responsables técnicos, y los microdatos anónimos con las respuestas individuales. El objetivo, según el Gobierno, es elevar los estándares de transparencia y confiabilidad en la medición de la opinión pública.

Nuevas exigencias técnicas

El articulado de la ley establece que, para encuestas de carácter nacional, la muestra debe garantizar representatividad científica e incluir todos los municipios y distritos con población igual o superior a 800.000 habitantes. Además, los márgenes de error no podrán superar el 3%, y el nivel de confianza mínimo será del 95% para las preguntas de intención de voto, favorabilidad o conocimiento de candidatos.

De igual forma, se estipula que el Consejo Nacional Electoral (CNE) contará con dos meses para conformar una Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas sobre Opinión Política y Electoral, integrada por cinco expertos en estadística postulados por universidades acreditadas. Esta comisión será la encargada de auditar los procesos de muestreo y la calidad metodológica de las encuestas.

Más requisitos, mayores costos

Las nuevas disposiciones también implican un aumento significativo en los costos de las mediciones. Según firmas del sector, el tamaño de la muestra pasará de cerca de 1.500 a 7.000 encuestados, lo que podría reducir la frecuencia de los estudios y aumentar el margen de incertidumbre en el panorama electoral.

Martín Orozco, gerente de la firma Invamer, señaló que la ley “no ha servido para nada”, y que su aplicación ha favorecido la circulación de encuestas falsas o sin ficha técnica en redes sociales. “El país está en una situación de mayor incertidumbre que antes, mientras proliferan páginas como Polymarket que publican supuestas predicciones políticas sin control ni regulación”, advirtió.

Precisamente, el caso de Polymarket ha tomado notoriedad por ofrecer pronósticos sobre distintos eventos, incluyendo el escenario político colombiano. En esa plataforma, Abelardo de la Espriella aparece como uno de los mejor posicionados para llegar a la Casa de Nariño en 2026, mientras que el Pacto Histórico es proyectado como la fuerza con más curules en el Senado.

No obstante, las firmas encuestadoras formales recalcan que este tipo de sitios no representan mediciones científicas ni están regulados por la ley colombiana, lo que deja un vacío legal que puede afectar la confianza pública en los resultados de cara a las elecciones.

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