Consejo de Estado limita las alocuciones presidenciales de Gustavo Petro

La Sección Tercera del Consejo de Estado falló que la Presidencia de la República, bajo el gobierno de Gustavo Petro, vulneró el derecho a la información al abusar de las alocuciones presidenciales transmitidas por canales públicos y privados. Según el tribunal, la frecuencia, duración y reiteración de estas intervenciones impedían que los ciudadanos escogieran libremente los temas de su interés.

El alto tribunal ordenó establecer límites claros:

  • Cada alocución debe estar justificada por una circunstancia urgente o excepcional.
  • No se podrán hacer alocuciones recurrentes en el mismo intervalo semanal.
  • Presidencia deberá detallar temáticamente el contenido y especificar la hora de inicio y finalización de la transmisión.
  • La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) deberá emitir un informe público en un medio accesible dentro de los dos días posteriores a cada intervención, evaluando si se cumplió con los criterios de urgencia y pluralismo informativo.

El Consejo de Estado destacó que muchas de las 52 alocuciones realizadas hasta agosto por Petro eran excesivas en duración y número, superando en 114 % las realizadas por su antecesor, Iván Duque, durante todo su mandato, y calificó el uso de las interrupciones como “constantemente y de manera grave” vulnerador del derecho fundamental a la información.

Con estas medidas, el tribunal busca garantizar que las alocuciones presidenciales cumplan criterios de excepcionalidad y no interfieran de manera arbitraria con la libertad de elección de los televidentes.

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