El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró nulo el nombramiento de Irene Vélez como consejera en el Consulado de Colombia en Londres, al concluir que el Gobierno hizo un uso indebido de la figura de la provisionalidad para su designación.
Vélez, exministra de Minas y Energía, ocupaba ese cargo diplomático desde mayo de 2024, antes de asumir la dirección de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).
El fallo se originó tras una demanda presentada por la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (Unidiplo), que argumentó que el Ministerio de Relaciones Exteriores vulneró la normativa vigente al no ofrecer la vacante a los funcionarios de carrera que ya habían cumplido con los requisitos para aspirar al cargo. En efecto, según el Tribunal, al momento de la designación de Vélez, al menos 26 funcionarios estaban disponibles y podían ser trasladados, pues ya habían cumplido más de 12 meses en el servicio exterior.
El artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000 establece que la figura de la provisionalidad debe aplicarse solo en casos excepcionales, cuando no haya personal de carrera disponible. Sin embargo, el Ministerio de Relaciones Exteriores nombró a Vélez —quien no hace parte de la carrera diplomática— sin justificar suficientemente por qué no se optó por los funcionarios de carrera.
En el proceso judicial, la Cancillería argumentó que los 35 funcionarios de carrera con la categoría de consejero estaban cumpliendo su turno de alternancia y que trasladarlos implicaba un alto costo fiscal para el Estado. No obstante, el Tribunal consideró que esa justificación no era suficiente para saltarse los procedimientos establecidos ni los principios de la carrera diplomática y consular.
La decisión judicial también revive la polémica alrededor del retiro de Irene Vélez del cargo diplomático, antes de su llegada a la Anla. A pesar de haber sido designada como directora de esa entidad desde el 22 de abril de 2025, Vélez no había renunciado formalmente al Consulado en Londres. En lugar de ello, el Ministerio expidió el Decreto 436 del 10 de abril de 2025, en el que se registraba su “retiro del servicio”, lo cual le otorgaba un plazo adicional de hasta dos meses para regresar al país, sin que mediara una renuncia directa.
Gracias a esta maniobra administrativa, Vélez recibió del Estado un total de $90’979.520 por concepto de viáticos, tiquetes aéreos y otros gastos asociados a su retorno a Colombia. Así lo reveló el representante a la Cámara Andrés Forero, del Centro Democrático, quien calificó la situación como una “jugadita” para obtener beneficios a los que, por norma, no tenía derecho, ya que no había cumplido un año en el cargo diplomático. El artículo 81 del Decreto Ley 274 de 2000 establece que funcionarios que se retiren voluntariamente antes del año no tienen derecho a beneficios económicos de retorno.
El fallo del Tribunal representa un fuerte revés jurídico y político para la exministra, que ya había sido objeto de cuestionamientos durante su paso por el Ministerio de Minas. Ahora, su paso por la diplomacia también queda marcado por decisiones cuestionadas tanto en el plano ético como legal.









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