La Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto 0639 de 2025, con el que el presidente Gustavo Petro buscaba convocar una consulta popular pese al rechazo del Senado. La medida fue adoptada tras admitir una demanda de nulidad presentada por varios congresistas, entre ellos el presidente del Senado, Efraín Cepeda, quien denunció que el acto administrativo se expidió sin el concepto previo favorable de la Cámara Alta, como lo exige el artículo 104 de la Constitución.
El tribunal argumentó que una decisión de trascendencia nacional como esta requiere de dicho aval, y que su ausencia representa una posible vulneración al procedimiento constitucional. La suspensión tiene efectos inmediatos, por lo que el Gobierno no podrá avanzar con el proceso de convocatoria hasta que se emita un fallo de fondo sobre la legalidad del decreto.
Desde el Ejecutivo, Petro respondió afirmando que no se ha declarado la ilegalidad del decreto, y que la decisión es apenas una medida transitoria mientras avanza el trámite judicial. Además, reiteró que el futuro de la consulta dependerá de si el Congreso respeta los acuerdos alcanzados en la reforma laboral.
“La mesa directiva del Senado puede usar la suspensión para detener la conciliación y acabar con los derechos recién adquiridos, o puede cumplir su palabra. Ya no es ante mí, es ante el pueblo”, dijo el mandatario, aludiendo a que la soberanía reside en los ciudadanos.







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