El ministro del Interior, Armando Benedetti, reaccionó a la suspensión provisional del decreto con el que el presidente Gustavo Petro convocó la consulta popular, y aseguró que el Consejo de Estado no tiene competencia para definir su constitucionalidad. “Ese debate no le corresponde, lo debe resolver la Corte Constitucional”, afirmó.
El alto tribunal había admitido una demanda de nulidad contra el decreto 0639 de 2025 y ordenó una medida cautelar, argumentando que el acto fue expedido sin el concepto favorable del Senado, como exige el artículo 104 de la Constitución. Sin embargo, Benedetti insistió en que esa interpretación no es válida y citó antecedentes jurídicos que, según él, respaldan la postura del Ejecutivo.
“La ley dice que no se necesita ese concepto, y la Corte Constitucional ya se había pronunciado. Nosotros remitimos el decreto a la Corte, no al Consejo de Estado. Esa es una pelea jurídica que poco interesa entre hoy y el viernes”, sostuvo el ministro, aludiendo a que el verdadero foco está en la conciliación del texto de la reforma laboral, que debe ser votado en el Congreso antes de que finalice el actual periodo legislativo.
El presidente Gustavo Petro también intervino en el debate, asegurando que el tribunal no ha declarado ninguna ilegalidad ni inconstitucionalidad, y que el decreto sigue teniendo presunción de legalidad. “Ni el Consejo de Estado puede determinar inconstitucionalidad, ni necesito cambiar asesores, porque tampoco ha dicho ilegalidad. La discusión ya no es jurídica”, afirmó el mandatario.
Benedetti, por su parte, reiteró que si el Congreso aprueba un proyecto de reforma laboral que recoja los puntos centrales del Gobierno, la consulta perdería sentido. “Mientras se apruebe un buen proyecto progresista, no se necesita el decreto para convocar elecciones”, concluyó.







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