En vísperas de que el Gobierno radique su propuesta de consulta popular ante el Congreso, se aclaran los requisitos constitucionales que deberá cumplir este mecanismo para tener efectos jurídicos obligatorios. El abogado constitucionalista Óscar Ortiz explicó que, aunque la consulta popular es un mecanismo legítimo de participación ciudadana, su convocatoria y ejecución están sujetas a normas estrictas.
Ortiz recalcó que el presidente Gustavo Petro no puede convocar directamente una consulta popular, ya que la Constitución exige un concepto favorable del Senado de la República. Sin ese aval, no es posible avanzar. Además, aunque no requiere revisión previa de la Corte Constitucional como ocurre con el referendo, la consulta sí será revisada por ese alto tribunal después de su aprobación en el Congreso.
“Las preguntas deben ser claras, no manipuladoras, y permitir al ciudadano saber exactamente qué está respondiendo con un ‘sí’ o un ‘no’”, señaló Ortiz. También advirtió que no se pueden plantear cuestiones que contravengan la Constitución, como extender el mandato presidencial o crear leyes por esta vía.
Uno de los puntos más relevantes es el umbral de participación para que los resultados sean vinculantes: se necesita que al menos el 25 % del censo electoral (equivalente a unos 13,7 millones de personas) acuda a las urnas. Si no se alcanza esta cifra, la consulta no tendría ningún efecto legal.
Cada pregunta deberá cumplir individualmente con estos requisitos. No se permite hacer consultas “en bloque”, por lo que cada tema debe evaluarse por separado tanto en términos de claridad como de participación. “Esa es la esencia del juego limpio democrático”, dijo Ortiz.
Sobre las estrategias de oposición, el constitucionalista mencionó la “abstención activa” como una forma legítima y efectiva de rechazar la iniciativa, incluso más que el voto negativo. “Es un derecho fundamental y ya ha sido usado por los colombianos en otras consultas”.
Finalmente, Ortiz cuestionó la conveniencia política y económica de esta consulta, al advertir que podría costar unos 600.000 millones de pesos. “Y si no es vinculante, sería simplemente una vuelta a la manzana para regresar al Congreso con un proyecto de ley”.







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