El Ministerio de Trabajo presentó el borrador del decreto que reglamenta parcialmente la reforma pensional, cuyo inicio de implementación está previsto para mediados de 2025. El documento establece los lineamientos para la puesta en marcha del nuevo Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, aprobado mediante la Ley 2381 de 2024.
El texto fue elaborado con la participación de actores clave como los ministerios de Hacienda y Salud, Colpensiones, el Departamento de Prosperidad Social (DPS), la Superintendencia Financiera, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) y la Unidad de Regulación Financiera (URF). Según la ministra saliente, Gloria Inés Ramírez, la construcción del decreto fue fruto de acuerdos alcanzados en mesas técnicas con dichos organismos.
El borrador estará disponible para comentarios ciudadanos hasta el 3 de marzo de 2025.
Aspectos clave de la reglamentación
El decreto detalla el funcionamiento de los cuatro pilares del sistema:
- Pilar Solidario: A cargo del DPS, establece las condiciones de la Renta Básica Solidaria para adultos mayores en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad.
- Pilar Semicontributivo: Administrado por Colpensiones, contempla la Renta Vitalicia para personas que cotizaron pero no alcanzaron a cumplir los requisitos para pensión.
- Pilar Contributivo: Integrado por Colpensiones y Administradoras de Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI). Se especifican dos figuras relevantes:
- Bono Pensional Ley 2381: Permitirá conformar el capital con el que Colpensiones pagará la pensión.
- Sistema de Equivalencias: Facilidad para completar semanas de cotización.
También se crea el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, que busca fortalecer el ahorro colectivo y garantizar la sostenibilidad del sistema.
- Pilar Voluntario: Destinado a quienes deseen realizar aportes adicionales para mejorar sus condiciones pensionales.
Otros puntos relevantes
El borrador regula la prestación anticipada de vejez para quienes cumplan 1.000 semanas de cotización al llegar a la edad de jubilación, garantizando que el monto no sea inferior a un salario mínimo mensual. Además, establece la reducción progresiva de semanas exigidas para que las mujeres accedan a la pensión integral.
En cuanto a los empleadores que incumplan con los aportes, el decreto aclara que Colpensiones y las ACCAI serán las entidades encargadas del cobro coactivo.
Respecto a las comisiones, se destaca la reducción gradual en el componente de ahorro individual: comenzará en 0,8% en 2025 y llegará a 0% en 20 años. Adicionalmente, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) aplicarán una comisión inicial del 0,55% sobre los saldos de afiliados que migren desde el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), con reducciones progresivas hasta alcanzar un ajuste cercano al 50% en los próximos 15 años.
El Ministerio de Trabajo reiteró que esta reglamentación busca garantizar la sostenibilidad del sistema pensional y mejorar la cobertura y protección de los colombianos en edad de retiro.







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